Cuidado Temporal De Jovenes Con Discapacidades Navegando El Sistema Escolar

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Updated: 2 years ago
Education

Planes de Acomodaciones 504

“Estoy cuidando temporalmente de un niño con autismo que necesita a alguien que le asista en la escuela porque pierde fácilmente las tareas.”

Los planes 504 proporcionan acomodaciones para ayudar a estudiantes con discapacidades a acceder educación. Modificaciones privilegiadas, modificación de asignaciones, y chequeos constantes, son sólo algunos ejemplos de acomodaciones 504.

Los padres de cuidado temporal pueden solicitar acomodaciones 504 para ayudar a sus hijos adoptivos a acceder educación. Discuta más esto con el administrador de casos de su hijo adoptivo para obtener más asistencia.

Las solicitudes de 504 deben hacerse por escrito al director y profesor de educación general. Un correo electrónico es una buena manera de hacer estas solicitudes.

Documentación de la discapacidad y acomodaciones recomendadas de los profesionales que trabajan con el niño ayudarán a este proceso.

Ley de Sección 504.

Evaluación de Educación Especial

Un estudiante debe calificar para educación especial y servicios relacionados. Cuando inscribe a su hijo adoptivo en la escuela, pregunte si el niño está recibiendo educación especial y servicios relacionados. Esto es también conocido como tener un Programa de Educación Individualizada (IEP).

Si la escuela responde que su hijo adoptivo no está recibiendo educación especial y servicios relacionados, y piensa que el niño los necesita para beneficiarse de la escuela, usted puede hacer una solicitud por escrito (correo electrónico) para que una evaluación sea llevada a cabo.

Solicitando una Evaluación para Educación Especial

  • Hacer la solicitud al director, maestro general y maestro de educación especial.
  • Hacer la solicitud por escrito. Un correo electrónico es suficiente.
  • Proporcionar un plazo para la respuesta. Dos semanas es suficiente.

Servicios de Educación Especial

Si su hijo adoptivo está recibiendo servicios de educación especial, debería tener un Programa de Educación Individualizado, (IEP). Los padres de cuidado temporal tienen derecho a:

  • Revisar el IEP de su hijo.
  • Solicitar una reunión del IEP para discutir y revisar el IEP, según sea necesario.
  • Proporcionar información sobre las metas del IEP y servicios.
  • Presentar una queja si los servicios no son apropiados y/o prestados.

Como padre de cuidado temporal, usted puede pedir actuar como el padre de su hijo en el IEP, trabajar con el administrador de casos y el equipo de la escuela para determinar su participación y para involucrar a los padres biológicos del niño (si los derechos de los padres no han sido terminados).

El objetivo es garantizar los servicios de educación especial que sean adecuados y beneficien a su hijo adoptivo.

Ley de Educación Especial.

Contáctenos para más información sobre cuidado temporal y educación

  • Planes de Sección 504
  • Evaluaciones de Educación Especial
  • Servicios de Educación Especial
  • Oficina de Educación del Estado de Utah (USOE)
  • Centro de Padres de Utah (UPC)
  • Tutela de Utah (UFC)
  • Departamento de Servicios de Recursos Humanos en Utah (DHS)

“Mi hijo adoptivo tiene Trastorno por Déficit de Atención (ADD) y tiene dificultad de enfoque. Sería genial si pudiera sentarse en el frente para prestar mejor atención.”

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